NEUQUÉN , 24 AGOSTO 2021
AL ADMINISTRADOR GENERAL : NESTOR MARTÍN
A TODAS LAS AUTORIDADES QUE CORRESPONDA:
ME DIRIJO A USTED, Y POR SU INTERMEDIO ,A QUIEN CORRESPONDA, A LOS EFECTOS DE SOLICITARLE QUE REALICE LAS GESTIONES NECESARIAS, PARA QUE NORMALICEN LA COBERTURA COMPLETA DE SALUD A TODXS LOS AFILIADOS , EN LAS PRESTACIONES, QUE EN ESTE MOMENTO , NO SE ESTARÌAN CUMPLIENDO . LOS AFILIADOS, CUANDO NECESITAMOS UNA ATENCIÒN EN SALUD, PASAMOS A SER PACIENTES. COMO PACIENTES, TENEMOS DERECHOS QUE ESTARÌAN CONTEMPLADOS EN LA LEY PROVINCIAL Nº 2611 , LA QUE EN SU ARTÌCULO 4, INCISO "A" DICE QUE LOS PACIENTES TENEMOS :
"A) DERECHO A RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA DE BUENA CALIDAD. TODA PERSONA TIENE DERECHO A UNA ATENCIÒN MÈDICA APROPIADA A SU PROBLEMA DE SALUD. LOS PACIENTES TIENEN DERECHO A SER ASISTIDOS CON TODOS LOS RECURSOS TÈCNICOS Y HUMANOS DISPONIBLES, CAPACES DE ALIVIAR SU DOLOR FÌSICO Y/O SUFRIMIENTO PSÌQUICO, Y A EVITAR ...."
CABE ACOTAR :
1) QUE A PESAR QUE SE DIFUNDIÓ QUE SE PODRÌA PEDIR UN REINTEGRO DEL DINERO QUE GASTEMOS , NO TODXS PUEDEN AFRONTAR ESTOS GASTOS Y MUCHO MENOS , ESPERAR LOS TIEMPOS BUROCRÀTICOS PARA LA DEVOLUCIÒN DEL MISMO
2) QUE NINGÙN AFILIADO DEBE DEJAR DE ATENDER SU SALUD, POR FALTA DE DINERO
3) QUE TODA AFECCIÒN, QUE NO TIENE TRATAMIENTO EN TIEMPO Y FORMA, PODRÌA CONLLEVAR A EMPEORAR UNA PATOLOGÌA CLÌNICA
4) QUE LA OBRA SOCIAL SE SOSTIENE, GRACIAS A NUESTROS APORTES
5) QUE NECESITAMOS, QUE NUESTROS PROFESIONALES , SEAN RECONOCIDOS EN EL MONTO ABONADO Y SIN RETRASOS EN EL PAGO-
6) QUE USTED/ES, COMO AUTORIDADES SERÍAN LOS RESPONSABLES (POR LOS CARGOS QUE OCUPAN), DE SOLUCIONAR CON CADA PRESTADOR LOS PROBLEMAS QUE VAYAN SURGIENDO Y PODER GARANTIZARNOS LA COBERTURA EN SALUD QUE NECESITEMOS
INVITO A TODXS LAS PERSONAS QUE QUIERAN, A SUMARSE A ESTA CARTA PÚBLICA , ESCRIBIENDO EN COMENTARIOS, Y QUE RELATEN LOS INCONVENIENTES, QUE HOY ESTARÌAN TENIENDO PARA ATENDERSE EN TRAUMATOLOGÌA, SALUD MENTAL Y LAS ESPECIALIDADES QUE CREAN CONVENIENTE
SIN OTRO PARTICULAR, APROVECHO LA OPORTUNIDAD DE SALUDARLO ATENTAMENTE :
ELIZABETH SALMAN
BIOQUÍMICA
Constitución Neuquén Artículo 134. Salud "Es obligación ineludible de la Provincia velar por la salud e higiene públicas, especialmente a lo que se refiere a la prevención de enfermedades, poniendo a disposición de sus habitantes servicios gratuitos y obligatorios en defensa de la salud, por lo que ésta significa como capital social."
5 DE SEPTIEMBRE : ADJUNTO A USTEDES TAMBIÉN, FOTOS DE CAPTURA DE PANTALLA ,DE LO QUE ESCRIBIERON PERSONXS RESPECTO AL PEDIDO QUE LXS HAGO EN ESTA CARTA EN REDES, CON EL DEBIDO PERMISO DE ELLXS- ADJUNTO ENLACE DONDE PUEDEN LEER ÉSTOS Y MÁS COMENTARIOS RESPECTO A LO QUE LES SOLICITO EN :
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Enlace para ver más comentarios y fotos.
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